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El Consejo de Ministros aprobó este viernes el proyecto de Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, con un modelo mixto de regulación y autorregulación de las relaciones comerciales entre los agentes de la cadena alimentaria. Para ello, se contemplan los contratos alimentarios, con la obligación de formalizarlos por escrito, dependiendo del importe y la situación de desequilibrio en las relaciones comerciales de los operadores que hagan transacciones comerciales, continuadas o periódicas cuyo precio sea superior a 2.500 euros.

No obstante, cuando el pago se realice al contado, no será necesario suscribir un contrato y las partes tendrán la obligación de identificarse como operadores y documentar dichas relaciones comerciales mediante la correspondiente factura, según explica el Gobierno en una nota de prensa sobre el texto de reforma, que se remitirá al Parlamento para su tramitación. También se regulan las subastas electrónicas y la obligación de conservación de documentos que los operadores durante un período de dos años y se prohíben las modificaciones de las condiciones del contrato, salvo mutuo acuerdo.

En relación con la información comercial sensible, no se podrá exigir a otro operador información sobre sus productos más allá de la que resulte justificada en el contexto de su relación comercial y la información obtenida sólo podrá destinarse a los fines para los que fue facilitada, respetándose su confidencialidad. También se establece la obligación de los operadores de gestionar las marcas de productos alimentarios que ofrezcan al consumidor, tanto las propias como de otros, evitando prácticas contrarias a la libre competencia o que constituyan actos de competencia desleal.

Finalmente, se prohíbe el aprovechamiento indebido por parte de un operador y en beneficio propio de la iniciativa empresarial ajena, así como las que constituyan publicidad ilícita o desleal mediante la utilización, ya sea en los envases, en la presentación o en la publicidad del producto o servicio de cualesquiera elementos distintivos que provoquen riesgo de asociación o confusión con los de otro operador o con marcas o nombres comerciales de otro operador.

La autorregulación de las relaciones comerciales se centra en el establecimiento de un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria, que impulsarían el Ministerio y las organizaciones y asociaciones representativas de la producción, la industria o la distribución, cuya adhesión es voluntaria por parte de los operadores de la cadena. No obstante, está previsto crear un registro estatal que agrupe a todos aquellos operadores de la cadena alimentaria que se adscriban al código, que quedarán obligados al sistema de resolución de conflictos que se designe en él.

Asimismo, el proyecto gubernamental crea el Observatorio de la Cadena Alimentaria que, además de realizar las funciones del actual Observatorio de Precios, informará de la propuesta de Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria regulado en el anteproyecto, así como de las de otros códigos de buenas prácticas mercantiles. También seguirá y evaluará las prácticas comerciales de los operadores e informará si detectase incumplimientos. El texto establece un control administrativo tipificando las infracciones y sanciones.

Asimismo, se crea la Agencia de Información y Control Alimentarios como modificación del organismo autónomo Agencia para el Aceite de Oliva. Entre sus nuevas funciones, destacan comprobar las denuncias que le lleguen por incumplimiento de la ley e instruir el procedimiento sancionador para formular la propuesta de resolución que proceda a la autoridad competente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, o trasladarlas a la Comisión Nacional de la Competencia.

 

 

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